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Petición de certificado de servicios prestados

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Petición de certificado de servicios prestados

Objeto del procedimiento

Obtener un certificado de servicios prestados con total validez jurídica ante cualquier administración pública.

Solicitudes de certificados relacionados con la prestación del servicio de la misma persona interesada.

1. ¿quién lo puede solicitar?

Personal que preste o haya prestado servicio en el Ayuntamiento de Silla.

2. requisitos

Tener interés legítimo en el contenido del certificado.

formas de presentación

Telemática

Se podrá presentar la solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Silla https://silla.sedipualba.es utilizando los modelos normalizados.

Presencial

Se podrá presentar la solicitud en la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía (Plaça del Mercat Vell, 4, Planta baixa) o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se puede consultar el horario de la OAC en www.silla.es.

El modelo normalizado de solicitud se encuentra en el apartado DOCUMENTOS O FORMULARIOS A PRESENTAR

RESOLUCIÓN

Plazo máximo de resolución: 3 meses

Silencio Administrativo: No procede

NORMATIVA

  • Ley 7/1985, de bases de régimen local (LBRL)
  • Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunidad Valenciana.
  • Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP)
  • RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.
  • Ley 10/2010 de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la Función Pública Valenciana.
  • RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de organización funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales (ROF)
  • Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración Pública.
  • Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el cual es dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración Pública.
  • Ley 10/2020, de 10 de junio, de Ordenación y gestión de la función pública valenciana.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE SILLA - P4623200E
Plaça Poble, 1
46460 Silla (Valencia)
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