La liquidación del Impuesto sobre el Incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Aquellas personas físicas o jurídicas que hayan realizado la transmisión de la propiedad o la constitución o transmisión de un derecho real de goce limitativo de dominio sobre los terrenos de naturaleza urbana:
a) En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título lucrativo, la persona física o jurídica que adquiera el terreno o al favor del cual se constituya o transmita el derecho real de que se trate.
b) En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título oneroso, la persona física o jurídica, o la entidad que transmita el terreno, o que constituya o transmita el derecho real de que se trate. Si el transmitente es una persona física no residente en España, el sujeto pasivo sustituto del contribuyente será la persona física o jurídica que adquiera el terreno o a cuyo favor se constituya el derecho real.
Telemática
La solicitud se podrá presentar a través de la sede electrónica de Silla https://silla.sedipualba.es utilizando modelos estándares.
Advertencia: Estarán obligados a presentar las solicitudes por sede electrónica https://silla.sedipualba.es las personas siguientes:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Las personas que ejerzan una actividad profesional para la cual se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realizan con las administraciones públicas en ejercicio de esta actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluido el personal notario y registrador de la propiedad y mercantiles.
d) Las personas que representan una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Las persones empleadas de las administraciones públicas para los trámites y actuaciones que realizan con estas por razón de su condición de personal público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada administración.
Presencial
La solicitud se puede presentar en la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía (OAC), entrada por C/ Castell, con cita previa https://citaprevia.silla.es/ o llamando al teléfono 961219790.
Plazo para resolver y notificar: El plazo máximo para resolver y notificar el acuerdo será de SEIS MESES contadores a partir del siguiente a la presentación de la solicitud.
Silencio administrativo: No aplica.