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Solicitud de autorización para venta ocasional

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Solicitud de autorización para venta ocasional

objeto del procedimiento

Solicitud de autorización para venta ocasional. Autorización de parada vacante para la venta ocasional.

Presentación  de la documentación para el ejercicio de la venta ocasional y las condiciones para la comercialización de los productos que se ofrecen tal y como se establece en la normativa que regula la venta ocasional.

quién lo puede solicitar

Personas interesadas en el ejercicio de la venta ocasional y las condiciones para la comercialización  de los productos que se ofrecen tal y como se establece en la normativa que regula la venta ocasional.

formas de presentación

Telemática

1. Las personas físicas (autónomos) tendrán que presentar la solicitud preferentemente por la sede electrónica https://silla.sedipualba.es en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Silla, o presencialmente, en la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, (entrada por la calle Castell). 

2. Estarán obligados a presentar las solicitudes por sede electrónica https://silla.sedipualba.es las siguientes personas:

a) Las personas jurídicas (empresas)

b) Las entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes) 

c) Los que representan una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.

3. Si alguna de las personas obligadas a presentar solicitudes electrónicamente, de acuerdo con el artículo 14.2 y 14.3 LPAC, presenta la solicitud presencialmente, se le requerirá para que lo enmiende mediante la presentación electrónica. A tal efecto, se considerará como fecha de presentación de la solicitud la que se haya realizado la enmienda. 

En la modalidad de venta ocasional debe aportarse el justificante del pago de la tasa municipal. Para la realización del pago de la autoliquidación deberá acceder a la plataforma de Servicios Telemáticos de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Silla con su certificado digital, a través del siguiente enlace: eTributa. En el apartado de “Listado de documentos informativos del trámite”, se encuentra disponible un manual básico de cómo realizar el pago de la autoliquidación.

resolución

Plazo para resolver y notificar: máximo de tres meses a contar desde el día siguiente a la presentación de la solicitud.

Silencio administrativo: negativo.

recursos

Según la normativa aplicable.

normativa

Normativa común para todas las áreas o servicios

  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDiGDD)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP)
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (LRJSP)
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LBRL)
  • Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de régimen local de la Comunidad Valenciana (LRLCV)

Normativa específica comercio

  • Decreto 65/2012, de 20 de abril del Consejo por el cual se regula la venta no sedentaria en la Comunidad valenciana.
  • Ley 3/2011 de 23 de marzo de la Generalitat Valenciana de comercio de la Comunidad Valenciana modificada por la Ley 3/2018 de 16 de febrero.
  • Ordenanza reguladora de la venta no sedentaria aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Silla en la sesión ordinaria de 23 de julio de 2013 y publicada al Boletín Oficial de la Provincia de Valencia el 14 de noviembre de 2013.
  • Ordenanza reguladora de la tasa por ocupaciones del subsuelo, suelo y vuelo de terrenos de dominio público municipal, aprobadas provisionalmente modificación ordenanzas fiscales 2022 Pleno de Ayuntamiento de Silla en sesión ordinaria de 28/09/2021.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE SILLA - P4623200E
Plaça Poble, 1
46460 Silla (Valencia)
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