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Renovación acreditación cumplimiento condiciones concesión autorización anual parada del mercado de venta no sedentaria / Renuncia concesión

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Renovación acreditación cumplimiento condiciones concesión autorización anual parada del mercado de venta no sedentaria / Renuncia concesión

objeto del procedimiento

Solicitud de la acreditación de cumplimiento condiciones concesión autorización anual de la parada del mercado de venta no sedentaria.

Presentación  documentación justificativa de que se mantienen los requisitos del otorgamiento de la autorización establecidos  para el ejercicio de la venta no sedentaria y las condiciones para la comercialización  de los productos que se ofrecen tal y como se establece en la normativa que regula la venta no sedentaria.

Presentación de la renuncia de la concesión de la parada de mercado de venta no sedentaria.

quién lo puede solicitar

Titulares de paradas del mercado de venta no sedentaria (mercado ambulante) de jueves y sábado.

formas de presentación

Telemática

1. Las personas físicas (autónomos) tendrán que presentar la solicitud preferentemente por la sede electrónica https://silla.sedipualba.es en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Silla, o presencialmente, en la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, (entrada por la calle Castell) con cita previa (teléfono 961219790). 

2. Estarán obligados a presentar las solicitudes por sede electrónica https://silla.sedipualba.es las siguientes personas:

a) Las personas jurídicas (empresas)

b) Las entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes) 

c) Los que representan una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.

3. Si alguna de las personas obligadas a presentar solicitudes electrónicamente, de acuerdo con el artículo 14.2 y 14.3 LPAC, presenta la solicitud presencialmente, se le requerirá para que lo enmiende mediante la presentación electrónica. A tal efecto, se considerará como fecha de presentación de la solicitud la que se haya realizado la enmienda. 

resolución

Plazo para resolver y notificar: máximo de tres meses a contar desde el día siguiente a la presentación de la solicitud.

Silencio administrativo: negativo.

recursos

Según la normativa aplicable.

normativa

Normativa común para todas las áreas o servicios

  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDiGDD)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP)
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (LRJSP)
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LBRL)
  • Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de régimen local de la Comunidad Valenciana (LRLCV)

Normativa específica comercio

  • Decreto 65/2012, de 20 de abril del Consejo por el cual se regula la venta no sedentaria en la Comunidad valenciana.
  • Ley 3/2011 de 23 de marzo de la Generalitat Valenciana de comercio de la Comunidad Valenciana modificada por la Ley 3/2018 de 16 de febrero.
  • Ordenanza reguladora de la venta no sedentaria aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Silla en la sesión ordinaria de 23 de julio de 2013 y publicada al Boletín Oficial de la Provincia de Valencia el 14 de noviembre de 2013.
  • Ordenanza reguladora de la tasa por ocupaciones del subsuelo, suelo y vuelo de terrenos de dominio público municipal, aprobadas provisionalmente modificación ordenanzas fiscales 2022 Pleno de Ayuntamiento de Silla en sesión ordinaria de 28/09/2021.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE SILLA - P4623200E
Plaça Poble, 1
46460 Silla (Valencia)
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