Solicitar la devolución de ingresos realizados al Ayuntamiento de manera duplicada, excesiva o errónea o por servicios o actividades que no se hayan realizado por causas imputables a la Administración.
Las personas físicas o jurídicas que hayan realizado un ingreso duplicado, excesivo o erróneo o por un servicio o actividad en el que se haya matriculado y no se haya realizado por causas imputables a la Administración.
La cuantía pagada duplicada, excesiva o errónea, el concepto y el ejercicio.
Antes del transcurso de cuatro años desde que se realizó el ingreso. A partir de este plazo prescribe el derecho a la devolución.
Telemática
Las personas físicas, si tienen certificado electrónico, pueden presentar la solicitud a través de la sede electrónica de Silla https://silla.sedipualba.es utilizando modelos estándares.
En caso de que no tengan certificado electrónico, podrán cumplimentar la solicitud telemáticamente iniciando sesión en https://silla.sedipualba.es con una cuenta de correo electrónico/registrar cuenta nueva/
Deberá indicar una cuenta de correo electrónico a la que pueda acceder. En ella recibirá un mensaje con un enlace, al que deberá acceder para confirmar la recepción del mismo.
Puede utilizar la contraseña que quiera, siempre y cuando tenga al menos 8 caracteres, entre los cuales debe haber:
• Al menos una letra minúscula
• Al menos una letra mayúscula
• Un número
Recibirá un correo para validar la cuenta de correo. Al validarla podrá seguir con la solicitud hasta lo punto 6 dará click al Registrar y le dará paso al punto 7 que será la firma.
En ese momento podrá solicitar cita previahttps://citaprevia.silla.es/ o llamando al teléfono 961219790 para acudir presencialmente a la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía a firmar y completar la solicitud.
Advertencia: Estarán obligados a presentar las solicitudes por sede electrónica https://silla.sedipualba.es las personas siguientes:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Las personas que ejerzan una actividad profesional para la cual se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realizan con las administraciones públicas en ejercicio de esta actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluido el personal notario y registrador de la propiedad y mercantiles.
d) Las personas que representan una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Las persones empleadas de las administraciones públicas para los trámites y actuaciones que realizan con estas por razón de su condición de personal público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada administración.
Presencial
La solicitud se puede presentar en la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía (OAC), entrada por C/ Castell, con cita previa https://citaprevia.silla.es/ o llamando al teléfono 961219790