El artículo 73 de la Ley 7/85, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen local establece que los miembros de las Corporaciones locales se constituirán en grupos políticos.
El Pleno de la Corporación a cargo de los Presupuestos anuales, podrá asignar a los grupos políticos una dotación económica que deberá contar con un componente fijo idéntico para todos los grupos y otro variable en función del número de miembros de cada uno de ellos, dentro de los límites, que se establezcan con carácter general en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado y sin que puedan destinarse al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de la corporación o a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial.
Los grupos políticos tendrán que llevar una contabilidad específica de la dotación a que se refiere el párrafo anterior, que pondrán a disposición del Pleno de la Corporación, siempre que lo exija.
El Presupuesto del Ayuntamiento de Silla establece en su Base 39.a) 3 la asignación a los grupos políticos:
La persona representante del grupo político municipal.
La dotación económica que el Ayuntamiento haya aportado al grupo político el ejercicio anterior.
Antes de finalizar el primer trimestre de cada ejercicio.
Telemática
Las personas jurídicas están obligadas a presentar la solicitud telemáticamente.
La solicitud podrá presentarse a través de la sede electrónica de Silla https://silla.sedipualba.es utilizando el modelo estándar.
Las personas físicas pueden presentar la solicitud telemática, con el DNI electrónico o un certificado electrónico expedido por la ACCV, FNMT u otros expedidos por prestadores de servicios de certificación de firma electrónica.
En caso de que no tengan certificado electrónico, podrán cumplimentar la solicitud telemáticamente iniciando sesión en https://silla.sedipualba.es con una cuenta de correo electrónico/registrar cuenta nueva/
Deberá indicar una cuenta de correo electrónico a la que pueda acceder. En ella recibirá un mensaje con un enlace, al que deberá acceder para confirmar la recepción del mismo.
Puede utilizar la contraseña que quiera, siempre y cuando tenga al menos 8 caracteres, entre los cuales debe haber:
Recibirá un correo para validar la cuenta de correo. Al validarla podrá seguir con la solicitud hasta el punto 6 dará click en Registrar y le dará paso al punto 7 que será la firma.
En ese momento podrá solicitar cita previa https://citaprevia.silla.es/ o llamar al teléfono 961219790 para acudir presencialmente a la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía a firmar y completar la solicitud.
Plazo para resolver y notificar: El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses contadores a partir del siguiente a la presentación de las solicitudes.
Silencio administrativo: Si transcurre este plazo y la resolución no ha sido dictada, la persona solicitante podrá entender desestimada su petición.