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Programa de atención de necesidades e inclusión social a menores y sus familias durante el periodo estival 2022

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Programa de atención de necesidades e inclusión social a menores y sus familias durante el periodo estival 2022

Desde el día 13/06/2022 hasta el día 31/08/2022

OBJETO DEL PROCEDIMIENTO

El Programa de atención de necesidades e inclusión social a menores y sus familias durante el periodo estival 2022 consiste en garantizar el derecho básico de alimentación de niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad, y que consiste en proporcionar, inicialmente a 60 menores, la alimentación diaria de lunes a viernes no festivos, desde el 1 de julio hasta el 31 de agosto de 2022, compuesto por un menú comida y un menú cena, y la participación en las actividades de ocio y tiempo libre organizadas por el Ayuntamiento para los menores de entre 3 y 18 años que cumplan los requisitos siguientes:

  • Tener entre 3 y 18 años
  • Estar empadronados en el municipio de Silla
  • No superar los 350,00 € mensuales de Renta per Cápita de los miembros de la unidad familiar en el momento de la valoración.

Las familias que cumplan los requisitos y que estén interesadas en solicitar el programa deberán presentar en el registro del Ayuntamiento de Silla la instancia de solicitud y la documentación necesaria que acredite las circunstancias personales, familiares, económicas y/o sociales. 

PLAZAS DISPONIBLES

Se ofrecen un total de 60 plazas.

REQUISITOS DE ADMISIÓN

Podrán solicitar la participación en el Programa las familias de los menores que cumplan los requisitos de acceso a este tipo de ayudas, y que están establecidas en la convocatoria.  

No requerirá proceso de solicitud, aquellos casos que a criterio técnico de las Trabajadoras Sociales sean susceptibles de la ayudas, previo informe favorable emitido por la técnica competente.

Para la participación en el programa a que se refiere esta convocatoria será necesario reunir los requisitos siguientes:

  • Tener entre 3 y 18 años
  • Estar empadronados en el municipio de Silla
  • No superar los 350,00 € mensuales de Renta per Cápita de los miembros de la unidad familiar en el momento de la valoración.

CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO

  • Del 13 al 19 de junio de 2022: Solicitudes iniciales
  • El 27 de junio de 2022: Resolución de concesión / denegación de la ayuda.

Las personas beneficiarias serán citadas para retirar la documentación pertinente en el Departamento de Servicios Sociales.

  • A partir del 20 de junio y en todo caso, hasta la finalización del programa, en fecha 31 de agosto, se podrán presentar solicitudes para cubrir posibles vacantes o renuncias.

documentación que se debe aportar

Documentación necesaria para realizar la solicitud:

Las familias que quieran solicitar plaza para el programa deberá presentar la solicitud en modelo normalizado y la documentación necesaria que acredite las circunstancias personales, familiares, económicas y sociales en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Silla http://silla.sedipualba.es o presencialmente por registro de entrada en la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, entrada por calle Castell, con cita previa per internet  https://citaprevia.silla.es o por teléfono 961219790. 

  • Impreso de solicitud en modelo normalizado, rellenado y firmado por los dos progenitores o por el que ostente la guarda y custodia (en este caso, deberá acreditarlo mediante sentencia judicial o medidas cautelares) o tutores del niño o niña con la siguiente documentación:

        a) Libro de familia, o en su defecto, certificación de la inscripción de nacimiento librada por el Registro Civil.

        b) Documento de identificación: DNI, NIE o Pasaporte en vigor, de los progenitores o de las personas tutores del menor. 

        c) Sentencia judicial o medidas cautelares (si es el caso)

Documentación para acreditar las circunstancias familiares, económicas y/o sociales

  • Ingresos actuales de los miembros de la unidad familiar (los correspondientes al mes de mayo 2022)
  • Título oficial de familia numerosa.
  • Título oficial de familia monoparental. La condición de miembro de familia monoparental se acreditará con el título de familia monoparental expedido por la Conselleria competente en materia de familia.
  • Certificado de discapacidad del alumno, alumna, padres, madres, tutores, hermanos o hermanas, expedido por la Conselleria competente.
  • En caso de ser beneficiarios de la Renta Valenciana de Inclusión (RVI), Resolución administrativa o certificado emitido por la Conselleria competente.
  • El acogimiento familiar o en guarda con finalidad de adopción se acreditará aportando la resolución administrativa o judicial por la que se haya formalizado, un certificado emitido por la Conselleria competente en materia de Bienestar Social, en la que se haga constar la existencia del acogimiento familiar o de la guarda con finalidad de adopción y la entidad de los acogedores.
  • Resolución administrativa o judicial para las circunstancias específicas.

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

La presentación de la solicitud podrá realizarse por dos vías.:

  • Presencial

Presentando la solicitud a través de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, junto a la documentación requerida en el trámite para la justificación de los criterios de valoración.

  • Telemática

Presentando la solicitud a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Silla a través de este trámite.

resolución

  • Órgano que resuelve: Alcaldía, a propuesta de la Concejalía de Bienestar Social
  • Plazo de resolución: 1 mes

NORMATIVA APLICABLE

  • Constitución Española de 1978.
  • Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local.
  • Ley 8/2010, de la Generalitat, de Régimen Local de la CV.
  • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
  • Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS)
  • RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales (TRLHL)
  • RD 500/1990, de 20 de abril, por el que se despliega el RDL 2/2004, en materia de presupuestos.
  • Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y adolescencia.
  • Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el Ámbito de la Comunidad Valenciana
  • Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de Servicios Sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana.
  • Decreto 38/2020, de 20 de marzo, del Consell, de coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales. 

preguntas frecuentes

¿Qué se consideran ingresos de la unidad familiar o de convivencia?

Se consideran ingresos de la unidad familiar o de convivencia la totalidad de los ingresos netos procedentes de todos y cada uno de los miembros que la conforman. A ese efecto, se contabilizarán todos los ingresos procedentes de sueldos, rentas, propiedades, intereses bancarios y pensiones o ayudas otorgadas por instituciones públicas o privadas a cualquiera de sus miembros. 

contacto

  • Área de Bienestar Social – Ajuntament de Silla

        C/ Sant Josep, 56 – Edifici de la Font de la Bàscula

        Teléfono: 961 212 222

        Correo-e: educacio@silla.es

Requisitos de la instancia

  • La instancia no requiere firma
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AJUNTAMENT DE SILLA - P4623200E
Plaça Poble, 1
46460 Silla (Valencia)
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