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Ayudas económicas para el transporte de estudiantes que cursan fuera del municipio de Silla. Curso 2022-2023

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Ayudas económicas para el transporte de estudiantes que cursan fuera del municipio de Silla. Curso 2022-2023

Desde el día 04/10/2022 hasta el día 24/10/2022

objeto del procedimiento

Concesión de ayudas al transporte, a estudiantes universitarios, de ciclos formativos de grado mediano o de ciclos formativos de grado superior, estudiantes de enseñanzas artísticas superiores y estudiantes de formación profesional básica, residentes en Silla, que cursan estudios en centros públicos o concertados de la Comunidad Valenciana, y que no se impartan en los centros educativos de la localidad durante el curso 2022-2023.

quién lo puede solicitar

Persona física que cumpla los requisitos de la convocatoria.

personas beneficiarias

Estudiantes que residan en el municipio de Silla, que tengan una edad máxima de 30 años, y que estén matriculados en un centro universitario, o centro de formación profesional, público o concertado, de la Comunidad Valenciana. Que los estudios que estén cursando no estén ofrecidos al municipio de Silla, o estando ofrecidos no se haya obtenido plaza a través del procedimiento ordinario, durante el curso académico de esta convocatoria, donde tienen que concurrir todos y cada uno de los requisitos siguientes, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Estar empadronados o empadronadas al término municipal de Silla, al menos, con un año de antelación a la fecha de la publicación de la convocatoria.

b) Los estudios se tienen que cursar en centros adscritos en la Universidad o centros homologados por la Generalitat Valenciana, ubicados fuera del municipio de Silla.

c) Estar matriculados, al menos, en el 50% de un curso lectivo (incluyendo el periodo de practicas), y estar cursando, en el ejercicio académico indicado en la convocatoria los siguientes estudios:

  • Estudios universitarios presenciales
  • Máster oficial homologado por el Ministerio con un mínimo de 60 créditos
  • Estudios presenciales o semipresenciales de formación profesional de grado mediano o de grado superior, fuera del municipio de Silla.
  • Estudios presenciales o semipresenciales de formación profesional básica, fuera del municipio de Silla.

La persona que solicita la ayuda no tiene que superar los 15.000 € de renta per cápita de los ingresos anuales de la unidad familiar, en el ejercicio fiscal del año anterior.

cuantía

Máximo 150,00€ (la cuantía dependerá del importe de la renta de la unidad familiar, según la convocatoria).

cuándo lo puede solicitar

20 días naturales desde la publicación de la convocatoria en el BOP

obligaciones económicas

No está sujeta a ninguna exacción tributaria.

formas de presentación

Presencial

La solicitud se puede presentar a la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía (OAC) (pl. del Mercat Vell, 4 - c/ del Castell) o cualquier otra forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El horario de la OAC se puede encontrar en www.silla.es.

Información complementaria: Las personas físicas pueden presentar la solicitud por la sede electrónica si tienen certificado electrónico, intermediando https://silla.sede.dival.es, en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Silla, o presencialmente, en la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía (entrada por la calle del Castell) con cita previa (teléfono 961219790).

Telemática

La solicitud se podrá presentar a través de la sede electrónica de Silla https://silla.sede.dival.es utilizando modelos estándares.

Advertencia: Estarán obligados a presentar las solicitudes por sede electrónica https://silla.sede.dival.es las personas siguientes:  

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica.

c) Las personas que ejerzan una actividad profesional para la cual se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realizan con las administraciones públicas en ejercicio de esta actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluido el personal notario y registrador de la propiedad y mercantiles.

d) Las personas que representan una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.

e) Las personas empleadas de las administraciones públicas para los trámites y actuaciones que realizan con estas por razón de su condición de personal público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada administración.

DOCUMENTOS QUE SE DEBEN PRESENTAR

En la solicitud, que se realizará por medio de la presentación de la correspondiente instancia según modelo oficial, tendrá que constar el siguiente:  

a) Acreditación de la persona que tiene que ser beneficiaria (certificado electrónico o DNI, NIE o Pasaporte)

b) Acreditación de la persona representante, si procede.

c) Identificación del medio electrónico, o en su defecto, lugar físico en que desea que se practique la notificación. Adicionalmente, las personas interesadas podrán aportar la dirección de correo electrónico y/o dispositivo electrónico con el fin de que las administraciones públicas los avisan del envío o puesta a disposición de la notificación

d) Certificado de matrícula expedido por la universidad o centro oficial que imparta el curso con indicación del curso, las materias en que esté matriculado y los créditos correspondientes a cada materia.

e) Declaración responsable de la persona solicitante según modelo oficial que tendrá que referirse a todos estos aspectos:

  • No estar incurso en las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Silla.
  • No tener pendiente de justificación, fuera de plazo, ninguna subvención concedida por el Ayuntamiento de Silla.
  • No haber obtenido otras ayudas públicas o privadas para financiar el gasto de transporte para el cual se solicita subvención o, en su caso, declaración de las subvenciones solicitadas o que se solicitarán y el importe de su cuantía.
  • Renta de la unidad familiar.

f) Certificado de la entidad bancaria de la titularidad de la cuenta bancaria, a tal efecto será válido el expedido por banca electrónica o ficha mantenimiento de terceros sellada por la entidad bancaria.

El requisito del empadronamiento en Silla será objeto de verificación de oficio por el Ayuntamiento.  

resolución

  • Plazo para resolver y notificar: seis meses
  • Silencio administrativo: Negativo

recursos

  • Recurso potestativo de reposición. Plazo un mes

normativa

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP)
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (LRJSP)
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LBRL)
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (LGS)
  • Ordenanza reguladora de las bases especificas para conceder ayudas al transporte a estudiantes universitarios o de ciclos formativos de grado medio, grado superior o formación profesional básica (Publicada en el BOP n.º 30 de 15 de febrero de 2021)

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AJUNTAMENT DE SILLA - P4623200E
Plaça Poble, 1
46460 Silla (Valencia)
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