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Constitución de una bolsa de trabajo para monitor/a de tiempo libre Campaña de Verano 2023

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Constitución de una bolsa de trabajo para monitor/a de tiempo libre Campaña de Verano 2023

Desde el día 16/05/2023 hasta el día 05/06/2023

objeto del procedimiento

Constitución de una bolsa de trabajo de monitor/a de tiempo libre para la campaña de verano.

quién lo puede solicitar

Cualquier persona física.

personas beneficiarias

Cualquier persona que reúna los requisitos de las bases reguladoras

cuándo se puede solicitar

15 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de las bases en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Silla.

obligaciones económicas

33,00€ (Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de procesos selectivos vigente, BOP de 15/10/2019)

DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTAR

  • Solicitud de admisión a pruebas selectivas
  • Justificante del pago de los derechos de examen. Acreditación de haber pagado la autoliquidación
    • El pago se podrá realizar con tarjeta como una compra en línea o por depósito bancario.
    • Para la realización del pago de la autoliquidación deberá acceder a la plataforma de Servicios Telemáticos de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Silla con su certificado digital, a través del siguiente enlace: eTributa. En el apartado de “Listado de documentos informativos del trámite”, se encuentra disponible un manual básico de cómo realizar el pago de la autoliquidación.
  • Memoria
  • Copia de la titulación académica
  • Certificado de delitos de naturaleza sexual
  • Certificado de vida laboral emitido por la TGSS
  • Curriculum Vitae
  • Hoja de autobaremación
  • Documentación acreditativa de méritos

formas de presentación

Telemática

La solicitud se podrá presentar a través de la sede electrónica de Silla https://silla.sede.dival.es utilizando modelos estándares.

Advertencia: Estarán obligados a presentar las solicitudes por sede electrónica https://silla.sede.dival.es las personas siguientes:  

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica.

c) Las personas que ejerzan una actividad profesional para la cual se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realizan con las administraciones públicas en ejercicio de esta actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluido el personal notario y registrador de la propiedad y mercantiles.

d) Las personas que representan una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.

e) Las personas empleadas de las administraciones públicas para los trámites y actuaciones que realizan con estas por razón de su condición de personal público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada administración.

resolución

Plazo para resolver y notificar: Seis meses.  

Silencio administrativo: Silencio negativo.

recursos

  • Recurso potestativo de reposición: plazo 1 mes 
  • Recurso Contencioso administrativo: plazo 2 meses

normativa

  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consell, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en el que respeta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD)
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDiGDD)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP)
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (LRJSP)
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LBRL)
  • Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de régimen local de la Comunidad Valenciana (LRLCV)
  • Real decreto legislativo 781/1986, de 17 de abril, por el cual se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de régimen local (TRRL)
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales (ROF)
  • Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el cual se aprueba el Reglamento de bienes de las entidades locales (RBEL)
  • Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales (RPDTEL)

Normativa específica

  • Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público
  • Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana (*LFPV)
  • Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el cual se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana
  • Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el cual se establecen las reglas básicas y los programas mínimos en el hecho que tiene que ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración local

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AJUNTAMENT DE SILLA - P4623200E
Plaça Poble, 1
46460 Silla (Valencia)
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